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AP
El matrimonio gay entró el martes en vigencia en Ecuador luego de que en la víspera se publicaran en la gaceta oficial dos sentencias claves que permiten las bodas civiles entre personas del mismo sexo.
Con la publicación de los fallos definitivos e inapelables de la Corte Constitucional Ecuatoriana en el Registro Oficial, las parejas del mismo sexo podrán acudir a las oficinas del registro civil en todo el territorio ecuatoriano y contraer matrimonio.
Las dos sentencias de la CC se emitieron el 12 de junio, pero demoraron en publicarse en la gaceta oficial casi un mes. Durante este periodo, el máximo tribunal ecuatoriano negó por improcedente un recurso de aclaración y ampliación de la sentencia solicitado por un colectivo que agrupa a organizaciones religiosas conservadoras y que se oponía a la decisión basada en los principios constitucionales a la igualdad entre las personas.
La Corte resolvió las demandas planteadas por dos parejas homosexuales que recurrieron a todas las instancias legales para exigir su derecho a casarse. Tras una larga lucha, en marzo la Corte Provincial elevó la consulta a la Corte Constitucional. Luego de preguntar a organizaciones de defensa de los homosexuales, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una opinión favorable para que Ecuador aprobara el matrimonio civil igualitario.
Casi un centenar de profesores de leyes de diversas universidades de Sudamérica respaldaron las sentencias de la CC y afirmaron que los fallos “rechazan la exclusión y discriminación en la que han vivido las personas LGBTI, sobre la base de la defensa de sus derechos”.
En América Latina los países que han aprobado alguna forma legal de matrimonio igualitario son Costa Rica, Argentina, Brasil, Colombia y Uruguay. También está permitido en la Ciudad de México.
Ecuador únicamente reconocía el matrimonio heterosexual y como un elemento de menor jerarquía la unión de hecho, una declaración notarial en la que dos personas señalan que viven juntas, pero con protección casi inexistente en aspectos como las prestaciones sociales, médicas y laborales.
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